La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección interpuesto por la Confederación Fenpruss en representación de la profesional tecnóloga médica a quien la dirección del hospital de Ovalle había puesto término anticipado a su contrato. “La Corte señala que la decisión es arbitraria, ilegal y vulnera las garantías constitucionales de la funcionaria, además ordena la reincorporación y el pago retroactivo de las remuneraciones y estipendios a los que la trabajadora haya tenido derecho entre la fecha de desvinculación y el reintegro, con expresa condena en costas”, indicó Makarena García, asesora legal Fenpruss.

La Corte reconoció arbitrariedad en la desvinculación de la profesional del Servicio de Imagenología del Hospital de Ovalle, funcionaria con más de 13 años en la administración pública. Es así como esta mañana, junto a la vicepresidenta nacional Bárbara Rojas, el director nacional Rodrigo Rocha y dirigentes y dirigentas de la directiva Fenpruss Limarí, la trabajadora acudió al establecimiento donde se verificó el reintegro a sus funciones como tecnóloga médica del recinto hospitalario.

Ana María Bustamante, directora nacional y encargada del área jurídica de la Confederación Fenpruss, expresó que “la reincorporación de nuestra socia, da cuenta de un trabajo que se ha venido realizando de manera seria, sistemática y con muy buenos resultados”, dijo, explicando que cuando el equipo jurídico recibe un caso lo analiza rigurosamente, realizando reuniones con dirigentes y afectados, lo que permite recabar más antecedentes y abordar la situación de la mejor forma.

El fallo en este caso expresa que el cese de la contratación, es ilegal y arbitrario. “Ilegal porque pugna con la normativa a la que debió atenerse y arbitrario porque arrasa con un derecho, sin ninguna fundamentación”, señaló la abogada Makarena García. Afortunadamente, la Corte acogió el recurso de protección presentado por Fenpruss y decretó los actos que se estimen pertinentes para el restablecimiento del derecho, dejando sin efecto la Resolución Exenta N° 0503 de fecha 22 de enero de 2021 dado que no existen causas ni circunstancias objetivas para su desvinculación.

“Seguiremos trabajando coordinadamente para que las medidas que afectan a nuestros socios y socias y que son parte del abuso que algunas autoridades están infringiendo en sus establecimientos, dejen de repetirse”, declaró la encargada de jurídica Ana María Bustamante, segunda vicepresidenta Fenpruss.

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