Contraloría se pronuncia ante solicitud de Fenpruss y declara ilegal cambio en protocolo de objeción de conciencia
- Federación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud ingresó presentación el pasado 12 de abril, junto a otras organizaciones sociales y un grupo de parlamentarios.
La Contraloría General de la República se pronunció ayer sobre los cambios al protocolo de objeción de conciencia para la interrupción del embarazo en 3 causales implementados por el gobierno, dictaminando que no se ajustan a Derecho. Lo anterior, ante una presentación hecha por Fenpruss solicitando dicho pronunciamiento acerca de la eliminación del punto IV Nº2 del protocolo aprobado mediante Resolución Nº 61 del Minsal, y que fuera así establecido en una nueva Resolución, la Nº 432, toda vez que la eliminación de dicho punto introducía incentivos perversos que vulneraban el acceso al derecho a todas las mujeres del país a invocar la Ley 21.030 ante las 3 situaciones específicas en que una mujer requiera la interrupción de su embarazo.
“Nos alegra profundamente este dictamen de Contraloría, pues viene a hacer justicia en un tema que ha sido y seguirá siendo una de nuestras principales banderas de lucha, como es la defensa de los derechos de las mujeres en su acceso a la salud pública. Queda establecido que los establecimientos públicos de salud no pueden invocar objeción de conciencia, debido a que es función del Estado garantizar el libre acceso a ella, así como también que las instituciones privadas que reciban aportes estatales tampoco pueden acogerse a la objeción de conciencia”, señaló al respecto el presidente de Fenpruss, Aldo Santibáñez Yáñez, quien agregó además que “a nuestro juicio, las modificaciones hechas por el gobierno al protocolo entorpecían la aplicación de una Ley de la República, que garantiza el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en 3 causales”.
Por su parte la Asesora Jurídica de Fenpruss, Makarena García Dinamarca, señaló que “el dictamen de Contraloría dice que el nuevo reglamento impulsado por el gobierno no se ajusta a Derecho. Este protocolo eliminaba la prohibición a establecimientos privados de salud, firmantes de convenios de atención obstétrica y ginecológica, de no objetar conciencia. El dictamen de Contraloría establece que el protocolo no se ajusta a derecho en ese único punto, argumento presentado por Fenpruss en función de que los establecimientos públicos de salud no pueden invocar objeción de conciencia, debido a que es función del Estado garantizar el libre e igualitario acceso a la salud y que las instituciones privadas que tengan convenio con el Estado tampoco pueden acogerse a la objeción de conciencia, puesto que al recibir financiamiento público se entiende que sustituyen a los Servicios de Salud y que forman parte de la Red Pública de Salud. Esta modificación al protocolo impulsado por el Ejecutivo, permitía que objetores de conciencia siguieran con convenios vigentes (caso de la Universidad Católica), permitiendo que el sujeto se pudiera excusar de cumplir la ley, sin costo alguno y que, además, ese acto fuera financiado con recursos públicos”, puntualizó.
Finalmente, el presidente de Fenpruss expresó que “para nosotros lo ocurrido representa un tremendo triunfo, porque hemos sido una organización sindical que ha defendido permanentemente el derecho de la mujer a decidir, conminando al Estado a garantizar el acceso sin distinciones a lo que, en este caso, la aprobada ley establece. Una vez más, podemos señalar con absoluta seriedad y propiedad que la salud pública no es sólo un bonito slogan, sino muy por el contrario; es el derecho y único camino que le permite a un pueblo sustentar los pilares de una sociedad más justa y proyectar su crecimiento en el tiempo. Es así que esta Federación Nacional no dudará jamás en defender los derechos de nuestros usuarios y usuarias, promoviendo el permanente desarrollo y protección de la salud”, remató Santibáñez.