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Fenpruss no permitirá discriminación a funcionarias de salud en el cuidado de hijos e hijas

El pasado miércoles 21 de julio se realizó una reunión entre representantes de los gremios de salud y referentes de Calidad de Vida en la subcomisión de Cuidado Infantil, instancia en la que se plantearon aspectos relevantes sobre las condiciones en que se está abordando el trabajo de cuidado infantil en los Servicios de Salud.

Las y los dirigentes manifestaron que es fundamental contar con educadoras de párvulos como referentes técnicos de cuidados infantiles en los Servicios de Salud, ya que este cargo es esencial no solo para monitorear la situación de los cuidados infantiles, sino también para retomar el trabajo coordinado con las organizaciones gremiales. En este sentido, cabe señalar que aún hay servicios que no tienen referente técnico, como es el caso del Servicio de Salud Metropolitano Central, donde se presentan problemas tan graves como el existente en el Hospital de Urgencia Asistencia Pública HUAP, cuya Sala Cuna está siendo utilizada como bodega.

Considerando la necesidad de coordinar la reapertura y retorno, se estima que las referentes debieran tener dedicación exclusiva para seguir avanzando en los proyectos, autorización de funcionamiento, brechas de recurso humano, entre otros temas.

En la ocasión también se abordaron los aspectos más relevantes de la Ley N°21.247, más conocida como ley de crianza protegida, enfatizando que las licencias médicas postnatales parentales no deben ser consideradas como ausentismo, ni ser sometidas a descuento por planilla, ya que corresponde el pago total de las remuneraciones. Asimismo, el periodo durante el cual las funcionarias hayan hecho uso de la respectiva licencia se considerará como tiempo efectivamente trabajado para todos los efectos legales, incluidos la percepción de los incrementos, bonos y asignaciones.

La directora nacional de Fenpruss, Selma Nuñez, en representación de las profesionales indicó que «la organización no permitirá la discriminación que establece esta ley, para las rentas de las mujeres sobre un millón de pesos, por lo que se reitera que se mantenga la aplicación del artículo 72 que les permite mantenerse al cuidado de sus hijos e hijas, con resoluciones para sus remplazos y el total de sus remuneraciones”.

Finalmente, los trabajadores solicitaron que emane una instrucción desde el área de Recursos Humanos para que todas las unidades educativas cumplan con las condiciones sanitarias exigidas por Minsal y que sean fiscalizadas por la Autoridad Sanitaria.