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Propuesta de indicaciones para el derecho a la salud en la nueva Constitución

COMUNICADO PÚBLICO

Cuando entramos en la recta final del proceso constituyente, y en específico a las últimas discusiones sobre salud, Confusam, Fenpruss y el Cabildo “Salud un Derecho” una vez más nos unimos de forma propositiva para presentar a la Convención Constitucional tres indicaciones sustitutivas que creemos fundamentales. Estas vienen a complementar lo ya aprobado en el Pleno sobre el derecho a la salud bajo un sistema nacional universal.

Tanto estas organizaciones como la ciudadanía hemos demandado y luchado por una salud pública digna, gratuita, universal y de calidad, y para ello es de suma necesidad que la nueva Constitución no solo consagre el derecho a la salud, sino que también delimite de forma clara el rol de los actores privados, así como el reconocimiento de las prácticas medicinales de los pueblos originarios. En esa línea, las indicaciones que presentamos a la Comisión de Derechos Fundamentales son las siguientes:

1.- “El aseguramiento privado voluntario, complementario o suplementario, no podrá sustituir ni podrá duplicar la cobertura que otorga el Sistema Nacional de Salud.”

Bajo esta indicación, se permitirían los seguros privados de carácter voluntario, pero solo podrán abarcar lo que el Sistema Nacional de Salud no cubra. Actuales Isapres podrán reconvertirse en este tipo de seguros. Una normativa como ésta quedaría a la vanguardia de la OCDE en temas de aseguramiento privado.

2.- “La ley determinará la forma y los requisitos en que el sistema nacional de salud integrará a los prestadores privados a las redes de atención.”

Este artículo permitiría la integración de privados al Sistema Nacional de Salud y deja en manos de la ley ordinaria las condiciones de su participación.

3.- “El Estado reconoce, respeta, promueve y garantiza el desarrollo y ejercicio de las medicinas indígenas, de acuerdo con el principio de libre determinación.”

Esta indicación permitirá reconocer las prácticas medicinales de los Pueblos Originarios, su rescate y autonomía. Se le concede a los PPOO la autonomía para integrarse al Sistema Nacional de Salud u operar fuera de él, siempre acorde a lo establecido por la Constitución y las leyes.

Creemos que la Convención Constitucional debe seguir su camino de recoger las demandas populares y darle un giro real a nuestra salud en la línea de la dignidad, la universalidad y el fin del lucro. En esa línea van nuestras propuestas y se concentrarán nuestras energías.

CONFUSAM – FENPRUSS – CABILDO «SALUD UN DERECHO»