En el contexto de una política participativa e inclusiva, se hace necesario denunciar las malas prácticas sindicales que el Servicio de Salud Concepción de un tiempo a ésta parte ha comenzado a adoptar, toda vez que genera mesas de trabajo para tratar asuntos transversales  de todos los funcionarios (incluyendo profesionales), pero considerando solo la presencia de un gremio, que si bien es cierto representa a un grupo, no ostenta legalmente la representatividad de todos los profesionales de la salud, como lo hace Fenpruss con 12.383 profesionales a nivel nacional, cifra que según la distribución gremial del Sistema Nacional de Servicios de Salud del año 2018 del Minsal, lo convierte en el gremio más representativo de los profesionales de la salud pública.

Fenpruss en representación de todos los profesionales del Servicio de Salud Concepción, viene a dejar de manifiesto que ha sido arbitraria e ilegalmente excluida en la generación de políticas  de oportunidades para el desarrollo de los funcionarios, esto en el amplio concepto de la Movilidad Interna, según lo indicado en las Orientaciones  Técnicas en Gestión y Desarrollo de Personas para la Administración Central del Estado de Chile.

Fenpruss repudia este acto, no solo porque discrimina y excluye nuestra participación en asuntos relevantes para el desarrollo y crecimiento profesional de sus asociados, sino también porque legalmente se riñe con la ley en los siguientes aspectos:

  1. El artículo 25 de la ley N° 19.296, establece que los directores de las asociaciones de funcionarios tendrán derecho a participar en el estudio de las políticas relativas a los derechos y obligaciones del personal de la institución, por ser del interés de sus afiliados.
  2. El Estado debe garantizar lo dispuesto en el artículo 19, N° 2, de la Constitución Política, sobre la igualdad de trato a que tenemos derecho las asociaciones de funcionarios dentro de la institución, en armonía con lo resuelto en el dictamen N° 19.888, de 2005 de la Contraloría General de la República.
  3. La ley 19.882 que regula la nueva política de personal de los funcionarios públicos, señala que todas las políticas y procedimientos relacionados con las personas que laboran en la Administración del Estado, deberán ser trabajados con las asociaciones de funcionarios.
  4. La representatividad de los principales estamentos del servicio y la participación de las diversas asociaciones gremiales se refrenda en el Instructivo Presidencial y en las nuevas Políticas de Desarrollo de Personas, donde se destaca en los siguientes términos “consolidar relaciones laborales participativas con los funcionarios y con sus asociaciones gremiales para propender a generar una gestión pública de calidad con funcionarios que trabajen en condiciones de dignidad”.

En virtud de la normativa legal vigente, los servicios públicos, en este caso el Servicio de Salud Concepción  está obligado a  desarrollar las acciones que le permitan dar cumplimiento a los principios orientadores, ejes estratégicos y Políticas de Desarrollo de Personas, en el contexto normativo antes citado, respecto a las prerrogativas legales a las que tenemos derecho las asociaciones de funcionarios en las distintas materias que nos convocan sobre el desarrollo de las personas y por ende de nuestros asociados.

Por los motivos que se expresaron, solicitamos dejar sin efecto el protocolo de movilidad interna del  Servicio de Salud Concepción, Resolución Exenta N°4C 8256 de fecha 28 de Diciembre de 2018, por ser discriminador desde su concepción, no representativo y contravenir los regímenes legales vigentes. Junto con ello, es menester que la institución reformule sus procesos y conforme mesas de trabajo participativas donde se pueda abordar ésta y otras temáticas relevantes para el desarrollo del personal.

Coordinación Fenpruss Servicio Salud Concepción

Fenpruss del Hospital Guillermo Grant Benavente

Fenpruss del Hospital Traumatológico

Fenpruss de la Dirección del Servicio Salud Concepción

Fenpruss del Hospital Hospital de Florida

Fenpruss Hospital de Santa Juana

Fenpruss del Centro de Sangre

Fenpruss del Hospital de Lota

Fenpruss del Hospital de Coronel

Fenpruss del Cesfam Victor Manuel Fernández

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